La medida alcanza a explotaciones de un partido y cuatro circunscripciones bonaerenses. Estará vigente entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2026, en el marco de la ley 26.509.
El Gobierno nacional declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario por inundaciones para las explotaciones afectadas del partido bonaerense de Nueve de Julio y de las circunscripciones II, III, IV y XII de Necochea.
La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 1850/2026 del Ministerio de Economía, firmada por el ministro Luis Caputo el 22 de octubre y publicada este lunes en el Boletín Oficial. La declaración rige desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre de 2026.
El período establecido coincide con el definido por el decreto provincial 1270, del 31 de agosto de 2026, mediante el cual la provincia de Buenos Aires había declarado la emergencia en esos territorios. La resolución nacional se dicta para aplicar la ley 26.509 y sus modificatorias.
El decreto bonaerense fue presentado en la reunión del 8 de octubre de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios. Ese organismo analizó la situación y recomendó avanzar con la declaración, además de fijar el 31 de octubre de 2026 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones alcanzadas.
Para acceder a los beneficios, los productores deberán contar con un certificado emitido por la autoridad competente de la Provincia que acredite que sus predios están incluidos en la emergencia. El Gobierno bonaerense deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional el listado de productores afectados junto con copias de esos certificados.
La resolución instruye a las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a arbitrar los medios necesarios para que los productores comprendidos accedan a los beneficios previstos en los artículos 22 y 23 de la ley 26.509. También encomienda al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca la celebración de los convenios o actos necesarios para ejecutar la medida.