El Gobierno reglamentó las bonificaciones del Régimen de Zona Fría

La Resolución 299/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, fijó los criterios para aplicar los descuentos al gas en la Patagonia, Malargüe, la Puna y hogares vulnerables.

La Secretaría de Energía estableció las pautas operativas para aplicar los cambios introducidos por la Ley 27.828 y el Decreto 1266/2026 en el Régimen de Zona Fría. La medida fue formalizada mediante la Resolución 299/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.

El esquema conserva una bonificación territorial del 50% sobre el precio del gas para usuarios residenciales y comercios PyME de la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna.

Ese porcentaje no representa una reducción directa sobre el monto total de la factura. La rebaja se aplica al componente correspondiente al precio de producción del gas natural o del propano indiluido.

La resolución también creó una Bonificación Adicional por Zona Fría del 20% para usuarios incluidos en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). El descuento alcanzará los consumos base de hogares residenciales ubicados en subzonas bioambientales frías que cumplan determinados criterios socioeconómicos y no reciban la bonificación territorial del 50%.

Los beneficiarios no deberán realizar un trámite individual. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética cruzará los datos del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) con la ubicación de cada suministro, y luego el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) enviará el padrón a las empresas distribuidoras.

La bonificación adicional también alcanzará a clubes de barrio, entidades de bien público y organizaciones sin fines de lucro, que la recibirán sobre el total de su consumo energético incluido en la factura.

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