La medida alcanza a titulares que fueron notificados de la suspensión y no presentaron documentación para acreditar su derecho. Podrán solicitar la rehabilitación dentro de un plazo de 60 días corridos.
La Secretaría Nacional de Discapacidad del Ministerio de Salud dejó sin efecto la restitución de un grupo de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral que había sido ordenada por la Justicia y cuyos pagos se habían reanudado en 2025.
La decisión fue establecida por la Resolución 3702/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma del secretario nacional de Discapacidad, Diego Pablo Masaragian. Los titulares alcanzados figuran en un anexo de la norma y son quienes, después de ser notificados de la suspensión, no entregaron la documentación requerida para acreditar que les correspondía el beneficio.
El antecedente del caso son las auditorías realizadas por la entonces Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para verificar la vigencia de las condiciones que habían dado origen a cada pensión. Las suspensiones fueron llevadas a la Justicia. En septiembre de 2025, el Juzgado Federal de Catamarca N° 2 ordenó restablecer las pensiones en esa provincia, pagar los haberes retenidos y detener las auditorías, a partir de una medida cautelar solicitada en una causa iniciada por el Defensor del Pueblo.
Al mes siguiente, el mismo juzgado extendió la cautelar a todo el país y fijó a la ANDIS un plazo de 24 horas para restituir las pensiones suspendidas. El organismo cumplió mediante la Resolución 13.901/25. Aunque el juzgado catamarqueño falló a favor de los demandantes en noviembre de 2025, la ANDIS apeló y la Cámara Federal de Tucumán revocó esa decisión el 12 de febrero de este año.
Tras ese pronunciamiento, la Subsecretaría de Políticas de Accesos y Apoyo revisó la situación de las personas que habían recuperado el beneficio e identificó a quienes no habían aportado documentación desde la notificación. La resolución les permite pedir la rehabilitación dentro de los 60 días corridos posteriores a la notificación, con documentación médica actualizada, la renovación de sus datos personales o antecedentes que acrediten su derecho.
Las presentaciones podrán realizarse en oficinas de la Secretaría Nacional de Discapacidad, agencias y Unidades de Gestión Local (UGL) del PAMI habilitadas, el formulario de consultas del Ministerio de Salud en argentina.gob.ar/salud/consultas-al-ministerio-de-salud, la plataforma Trámites a Distancia (TAD), mediante el trámite “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”, o por correo electrónico a citacion@senadis.gob.ar. Las áreas técnicas resolverán cada pedido. Además, podrán interponerse recursos administrativos dentro de los 20 o 30 días de la notificación, según el caso. La norma fue comunicada a la ANSES y rige desde su publicación.