El máximo tribunal dejó sin efecto resoluciones de la Sala II que actualizaban créditos por IPC más 3% anual y estableció el alcance del nuevo mecanismo para las causas en trámite.
La Corte Suprema de Justicia, con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, ordenó aplicar el artículo 55 de la ley 27.802 en todos los juicios laborales que no tengan sentencia firme, incluidos los expedientes que esperan una resolución en queja. También dejó sin efecto una serie de resoluciones de la Sala II de la Cámara Nacional del Trabajo.
Esas decisiones de la Cámara habían declarado inconstitucionales las leyes 23.928 y 25.561 y dispuesto la actualización de los créditos mediante el Índice de Precios al Consumidor más un 3% anual. En cambio, el mecanismo previsto por la ley establece la tasa pasiva del Banco Central como regla, fija como techo el capital actualizado por IPC más 3% y determina como piso el 67% de ese límite.
El máximo tribunal no resolvió la discusión de fondo sobre una eventual confiscatoriedad. Fundamentó su decisión en que los jueces deben fallar de acuerdo con las circunstancias existentes al momento de resolver, aunque hayan cambiado después de iniciado el proceso. La ley fue publicada el 6 de marzo, dispone expresamente que el artículo 55 se aplica a juicios anteriores y establece que sus normas son de orden público.
La decisión también indica que el artículo puede aplicarse de oficio o a pedido de parte, tanto en sede judicial como administrativa, y que no puede ser desplazado por acuerdos entre las partes ni por otras consideraciones. Por eso, los planteos de inconstitucionalidad caso por caso no quedaron formalmente descartados, aunque deberán demostrar en pesos una afectación concreta y justificar el apartamiento del criterio fijado por la Corte.
Para las empresas, el nuevo escenario exige revisar las previsiones contables calculadas con el Acta 2764 o con el criterio de IPC más 3% antes del cierre de balance, además de solicitar la readecuación de las liquidaciones no firmes. Para los trabajadores, el análisis plantea acelerar las negociaciones o los trámites, ya que los créditos sometidos a la tasa pasiva pueden perder frente a la inflación. En los juicios nuevos, la ley establece directamente el IPC más 3%, sin tasa pasiva ni piso.