Córdoba no tiene proyectos mineros aprobados bajo el RIGI por restricciones y demoras administrativas

La provincia adhirió al régimen nacional en octubre de 2024, pero hasta agosto de 2026 no registraba iniciativas mineras aprobadas ni en evaluación dentro del esquema.

Córdoba se incorporó al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) mediante la Ley provincial 10.997, sancionada el 16 de octubre de 2024. Sin embargo, hasta agosto de 2026 no contaba con proyectos mineros aprobados ni en análisis bajo ese régimen. En otras jurisdicciones, los proyectos presentados involucraban inversiones por decenas de miles de millones de dólares.

La adhesión provincial habilitó la radicación de vehículos de proyecto único y facultó al Poder Ejecutivo a sumar infraestructura, capacitación y otras herramientas de promoción. El informe elaborado por el abogado Santino Righetti Sagrera, especialista en derecho minero y socio de Righetti Gandione Bureau Legal, señala que la norma no incorporó incentivos específicos para la minería ni procedimientos, plazos o criterios objetivos destinados a agilizar la evaluación de inversiones.

El principal límite identificado es la Ley 9.526, aprobada por unanimidad el 24 de septiembre de 2008. La norma prohíbe en Córdoba la minería metalífera y de sustancias radiactivas a cielo abierto, además del uso de cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y otras sustancias químicas contaminantes o peligrosas. No alcanza, entre otras actividades, a las canteras, las rocas de aplicación y los minerales de primera y segunda categoría no comprendidos por esas restricciones.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba ratificó la validez de la Ley 9.526 en 2015. Luego, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso de queja el 29 de febrero de 2024, mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial. El informe sostiene que el RIGI no puede habilitar modalidades de explotación prohibidas por la provincia y que una modificación del marco vigente requeriría una reforma o derogación legislativa.

El diagnóstico también incluye dificultades para las actividades mineras permitidas. El trabajo menciona demoras en expedientes, inscripciones y reactivaciones de pertenencias, además de falta de personal técnico y un sistema que, pese a la Ley provincial 11.103 de abril de 2026, todavía combina presentaciones digitales con expedientes en papel. Entre las medidas propuestas figuran la digitalización integral, la fijación de plazos máximos, las alertas automáticas y la reasignación de personal.

Según la Base de Datos de Yacimientos del Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR) de 2025, Córdoba reúne 558 registros mineros, cerca del 16% del total nacional, de los cuales 150 son depósitos metalíferos. El informe advierte que esos registros no equivalen a reservas comprobadas ni demuestran que los yacimientos sean económicamente explotables. La conclusión atribuye la falta de proyectos a la combinación de las restricciones de la Ley 9.526, la ausencia de una política provincial activa, las trabas administrativas y un mercado de servicios especializados de menor escala que el de otras provincias mineras.

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