El Gobierno apunta a que provincias y municipios financien obras del FISU en ejecución

El Gobierno nacional aprobó un plan para definir el destino de las obras que permanecen en ejecución dentro del régimen de integración socio urbana de los barrios populares registrados en el RENABAP. El criterio central dispone que provincias, municipios y otros entes ejecutores analicen la posibilidad de sostener esos proyectos con recursos propios, sin aportes de la Nación.

La decisión fue instrumentada por la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía a través de la Resolución 209/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial y firmada por Bernardo Bartolomé Heredia. La norma comenzará a regir a partir de mañana y será obligatoria para las áreas estatales que intervienen en esta materia.

Continuidad bajo revisión

El plan alcanza a las intervenciones vinculadas al Fondo de Integración Socio Urbana, cuya disolución había sido establecida por el Decreto 312/2025. Sin embargo, la liquidación patrimonial del fideicomiso quedó suspendida por una decisión judicial, en el marco de un amparo colectivo promovido por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y otros actores.

La resolución prevé distintos caminos según la situación de cada obra. Cuando se detecten incumplimientos atribuibles al ejecutor o al contratista, primero deberá establecerse si hubo acciones para corregirlos. Si no las hubiera, la administración nacional podrá impulsar medidas para subsanar la situación, recuperar los recursos involucrados y rescindir el acuerdo correspondiente.

En esos casos, las jurisdicciones locales serán notificadas para evaluar si pueden garantizar la continuidad de los trabajos sin financiamiento nacional. Si las irregularidades no existieran o ya hubieran sido corregidas, también se estudiará si la provincia, el municipio u otro responsable de la ejecución está en condiciones de afrontar el costo de la obra.

Cuando esa alternativa sea rechazada o resulte inviable, la continuidad contractual será analizada de forma restrictiva y con fundamentos. Para resolverlo se considerarán el avance alcanzado, el interés público asociado, los costos de ejecución y la disponibilidad de recursos para cubrirlos.

Observaciones y antecedentes judiciales

Entre los fundamentos de la medida, el Ejecutivo incluyó las observaciones elaboradas por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) en cumplimiento del Decreto 215/2024. El organismo de control advirtió demoras extendidas en la ejecución, deficiencias de planificación y aumentos de costos administrativos y adicionales.

También señaló atrasos en las rendiciones de cuentas, incumplimientos de contratos y falta de comunicación al fiduciario sobre pliegos y actos de contratación. El informe incluyó reparos por la adquisición de terrenos próximos a basurales, por proyectos aprobados sin tasación adecuada y por obras otorgadas a cooperativas que no demostraron antecedentes suficientes de especialidad e idoneidad.

La resolución recuerda que el Juzgado Federal de Pehuajó dictó una cautelar interina el 23 de mayo de 2025 y luego, el 9 de junio de ese año, suspendió la liquidación del fondo hasta que el Estado acreditara el cumplimiento de una orden judicial de noviembre de 2024. Esa instrucción exigía un plan para asegurar la continuidad de la política destinada a los barrios incorporados al RENABAP.

Para elaborar el nuevo esquema, la Dirección Nacional de Desarrollo Urbano relevó las obras en curso, los recursos comprometidos, sus responsables, el nivel de avance y los incumplimientos detectados. Según los considerandos, el propósito es ordenar las prioridades dentro de la disponibilidad presupuestaria de la Secretaría y promover acuerdos con provincias, la Ciudad de Buenos Aires y municipios, conforme a la Ley 27.453.

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