El ministro de Justicia porteño acusó a Laura Beatriz De Marinis de utilizar una norma derogada y de no analizar de manera integral la Ley 27.801. Pidió que el Consejo de la Magistratura investigue su actuación.
El ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Gabino Mario Tapia, presentó este miércoles ante el Consejo de la Magistratura porteño una denuncia contra Laura Beatriz De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3. La presentación cuestiona la resolución en la que la jueza declaró inconstitucional, para un caso concreto, el artículo 1° de la Ley 27.801, que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil.
Tapia sostuvo que la decisión podría constituir “mal desempeño” y “desconocimiento inexcusable del derecho”, causales previstas por la Constitución de la Ciudad. Aclaró que no pretende que el Consejo funcione como una instancia de apelación ni que revise administrativamente la sentencia, sino que determine si la magistrada actuó dentro de los límites de una interpretación judicial posible.
Uno de los principales cuestionamientos se refiere al uso del artículo 1° de la Ley 22.278 para considerar no punible a un adolescente de 14 años y disponer su sobreseimiento. Según la denuncia, esa norma había sido derogada expresamente por el artículo 48 de la Ley 27.801, cuya inconstitucionalidad para el caso había sido declarada únicamente respecto de su artículo 1°. Tapia afirmó que la exclusión de una disposición no implica, por sí sola, la recuperación de una ley derogada.
El funcionario también reprochó que la resolución no hubiera evaluado de forma completa el nuevo régimen, que incluye criterios de oportunidad, mediación penal juvenil, suspensión del proceso a prueba, medidas educativas, sociales y asistenciales y respuestas no privativas de la libertad. Además, cuestionó que la aplicabilidad de la ley haya quedado vinculada, según su interpretación de la sentencia, a la edad, el delito atribuido, la trayectoria vital y la situación familiar y socioeconómica del adolescente, en lugar de depender de la edad y de la imputación de un delito.
La denuncia objeta asimismo la consideración del contexto político y social de la reforma, así como la calificación del hecho investigado como una “situación estresante”. La causa se inició por una tentativa de robo en la que, según la descripción incorporada a la presentación, cinco personas habrían intimidado a una víctima que estaba sola, quien logró escapar y pedir ayuda; la consumación se frustró por la intervención policial. Tapia sostuvo que la ausencia de lesiones o de pérdida patrimonial no elimina el carácter intimidatorio del episodio.
El ministro pidió que se incorporen al análisis las actuaciones del expediente, las presentaciones de la Fiscalía, la defensa y la Asesoría Tutelar y el registro de la audiencia sobre la constitucionalidad de la norma. También solicitó revisar decisiones anteriores de la jueza, incluso durante subrogancias, y que, si el Consejo considera que corresponde, avance con la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento. La presentación se realizó después de que la resolución generara controversia; De Marinis había aclarado que su decisión se limitaba al caso concreto y el Ministerio Público Fiscal porteño apeló.