El nuevo mecanismo rige para las prestaciones puestas al pago desde el 1 de noviembre de 2026 y utiliza información sanitaria oficial para verificar los requisitos.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) modificó el sistema de liquidación de la Asignación por Embarazo para Protección Social. Desde noviembre de 2026, el 20% que se retenía durante la gestación puede acreditarse de manera automática a partir de los datos sanitarios que recibe el organismo.
La prestación se liquida desde la semana 12 de gestación. Hasta ahora, las titulares cobraban mensualmente el 80% del importe y el resto se acumulaba para ser abonado en un único pago una vez finalizado el embarazo, siempre que se acreditaran los controles médicos requeridos. El porcentaje retenido forma parte de la asignación y no constituye un bono adicional ni un beneficio nuevo.
El cambio alcanza a las prestaciones puestas al pago desde el 1 de noviembre de 2026. Para realizar la verificación, el Ministerio de Salud transmite información a ANSES sobre la finalización del embarazo y el cumplimiento del seguimiento sanitario, que incluye controles prenatales, estudios de laboratorio, ecografías, inmunizaciones y consejería.
Cuando los datos están correctamente registrados en los sistemas oficiales, la titular no debe iniciar una gestión adicional ni presentar la documentación de manera presencial. La finalización del embarazo puede acreditarse mediante la partida o el certificado de nacimiento, el certificado de defunción o la documentación médica correspondiente en caso de una interrupción.
Si la información sanitaria no figura en ANSES o resulta insuficiente, la interesada conserva la posibilidad de presentar los comprobantes respaldatorios. Entre ellos se encuentra el formulario PS 2.10, que certifica los requisitos médicos del embarazo y su finalización e incluye datos de la titular, del profesional y del establecimiento de salud. También debe aportarse la documentación que corresponda según el modo en que terminó el embarazo.