ANSES mantiene la jubilación anticipada desde los 50 años para trabajos insalubres

El régimen previsional diferencial establecido por el Decreto 1852/1975 contempla requisitos específicos de edad y aportes según la actividad desempeñada.

El Ministerio de Capital Humano y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), bajo la supervisión de la ministra Sandra Pettovello, reconfirmaron la vigencia del régimen previsional diferencial previsto en el Decreto 1852/1975.

La normativa permite acceder a la jubilación anticipada desde los 50 años a trabajadores que hayan realizado tareas de alto desgaste físico o laboral. El esquema mantiene las condiciones previsionales históricas para sectores estratégicos e industriales y contempla actividades desarrolladas en entornos de riesgo elevado.

Entre las actividades alcanzadas se encuentran la siderurgia y fundición, el trabajo de campo en petróleo y gas y la minería en socavón, con una exigencia de 50 años de edad y 25 de aportes. También se incluye a los operarios de vidrio y vitivinicultura, con el mismo requisito de edad y servicios.

Para el procesamiento de rayón se requieren 50 años y 30 de aportes, mientras que en frigoríficos y actividades cárnicas se establecen 50 años y 27 de servicios. En otras tareas diferenciales, como dragado y balizamiento, la edad de retiro es de 52 años con 25 años de servicios.

Para iniciar la solicitud, el empleador debe dejar constancia explícita de que la tarea fue realizada bajo el régimen de insalubridad en la certificación de servicios. Además, los períodos trabajados en empleos comunes y diferenciales se consideran mediante un prorrateo de edad y años de aportes.

ANSES también exige que la información esté acreditada en la Historia Laboral de su plataforma oficial antes de iniciar el expediente previsional.

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