El Día del Empleado de Comercio se conmemorará con una jornada de descanso el lunes 28 de septiembre, según lo acordado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las cámaras empresarias del sector. La decisión puede afectar la atención habitual en supermercados, shoppings, centros comerciales y otros negocios.
La fecha establecida por ley para la celebración es el 26 de septiembre. Como en esta oportunidad coincidía con sábado, las partes resolvieron pasar el reconocimiento al lunes siguiente. El cambio fue comunicado mediante una circular del 7 de septiembre.
La medida no implica un cierre uniforme y obligatorio para cada establecimiento. La adhesión quedará sujeta a la decisión de cada comercio, aunque se prevé que numerosas grandes cadenas y espacios comerciales no abran sus puertas o modifiquen su operatoria durante esa jornada.
Alcance laboral de la conmemoración
La ley n° 26.541 equipara el Día del Empleado de Comercio a un feriado nacional a los efectos laborales. De ese modo, los trabajadores del rubro no deben prestar tareas, salvo que el empleador requiera su presencia.
En los casos en que se solicite trabajar durante la fecha, la remuneración deberá abonarse al doble, conforme a la Ley de Contrato de Trabajo. El traslado al lunes 28 de septiembre fue dispuesto para que el personal alcance el reconocimiento previsto en la normativa, de acuerdo con el entendimiento comunicado por las entidades involucradas.
La celebración es impulsada históricamente por Faecys junto con las cámaras empresarias de las distintas actividades comerciales. El objetivo de esa iniciativa es garantizar una instancia de descanso para quienes se desempeñan en el sector.
El antecedente de la fecha
El origen de la conmemoración remite al 26 de septiembre de 1934, cuando se dictó la ley n° 11.729, vinculada con las relaciones laborales de la actividad. Entre los avances asociados a ese proceso se mencionan derechos laborales, licencias por enfermedad y accidentes, e indemnización por despido.
Más tarde, el 10 de diciembre de 2009 fue sancionada la ley n° 26.541, que formalizó el Día del Empleado de Comercio. Por eso, antes de realizar compras o trámites, los consumidores deberán consultar la modalidad de atención que adopte cada local.