La medida fue publicada este martes mediante la Resolución 3702/2026. Las personas alcanzadas podrán pedir la rehabilitación del beneficio dentro de los 60 días corridos posteriores a la notificación.
La Secretaría Nacional de Discapacidad dejó sin efecto la restitución de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral para un grupo de titulares que, según el organismo, no presentó la documentación requerida para acreditar la procedencia de su rehabilitación.
La decisión quedó establecida en la Resolución 3702/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial y firmada por el secretario nacional de Discapacidad, Diego Pablo Masaragian. El artículo 1 anuló, respecto de las personas identificadas en un anexo, los efectos de la Resolución 13.901/25 de la entonces Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).
El anexo no fue publicado junto con la nueva norma, por lo que no se conoce fehacientemente cuántas personas quedaron alcanzadas. La resolución 13.901/25 había restablecido los pagos en cumplimiento de una medida judicial, pero la Secretaría señaló que la Cámara Federal de Tucumán revocó el 12 de febrero de 2026 la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda.
Las personas notificadas podrán solicitar la rehabilitación dentro de los 60 días corridos. Para hacerlo, deberán presentar documentación médica actualizada, renovar sus datos personales o aportar antecedentes que acrediten su derecho al beneficio. La Secretaría analizará cada caso y comunicará la medida a la ANSES, además de notificar fehacientemente a los titulares.
En paralelo, el organismo intimó a otros 7.008 beneficiarios a ampliar su documentación médica en un plazo de 30 días hábiles, bajo la advertencia de que el beneficio podría ser suspendido. Las medidas se originan en auditorías realizadas por la entonces Andis para verificar si continuaban vigentes las condiciones que habían dado lugar a cada pensión.
Las suspensiones derivadas de esos controles fueron cuestionadas en la Justicia. En septiembre de 2025, el Juzgado Federal de Catamarca N° 2 ordenó restablecer las pensiones en esa provincia, pagar los haberes retenidos y frenar las auditorías. En octubre, extendió la cautelar a todo el país y dio a la Andis 24 horas para restituir las prestaciones suspendidas, lo que derivó en la Resolución 13.901/25. La Andis apeló esa decisión y la Cámara Federal de Tucumán revocó el fallo el 12 de febrero de 2026.