Los regímenes diferenciales contemplan edades y años de servicio específicos para trabajadores de actividades con alta exigencia física o condiciones riesgosas.
La edad jubilatoria general en Argentina es de 65 años para los hombres y de 60 para las mujeres. Para acceder al beneficio ordinario, además, se requieren por regla general 30 años de aportes.
Existen regímenes previsionales diferenciales que permiten solicitar el retiro desde los 50 años, aunque las condiciones dependen de la actividad desarrollada y de la acreditación de los servicios correspondientes.
Entre los trabajadores alcanzados se encuentran los metalúrgicos y forjadores que realizan tareas de fundición manual, acería y fragua, los petroleros y gasíferos de exploración en campaña, boca de pozo y perforación, los mineros subterráneos dedicados a la obtención directa de productos y los vidrieros. Para estos grupos se establecen 50 años de edad y 25 de servicios.
También pueden acceder desde los 50 años los hiladores de rayón que cumplan 30 años de servicios en tareas de hilado y dofeo, y las trabajadoras de la industria cárnica con 27 años de aportes en las tareas específicas contempladas por el régimen.
El Decreto 1852/1975 incluye al personal embarcado que realiza tareas de dragado y balizamiento. En ese caso, la jubilación puede iniciarse desde los 52 años, siempre que se reúnan los servicios exigidos y se presenten las certificaciones laborales correspondientes.
Para iniciar el trámite se debe demostrar el tiempo trabajado y que las tareas estuvieron alcanzadas por el régimen diferencial. Entre la documentación que puede resultar necesaria figuran la certificación de servicios y remuneraciones, la historia laboral y los aportes registrados, además de documentación del empleador que identifique las tareas realizadas.