El máximo tribunal consideró que los argumentos de los jueces no formaban una mayoría válida en una causa por la falta de escuelas estatales de jornada completa en zonas vulnerables de la Ciudad.
La Corte Suprema anuló este miércoles una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ) porque entendió que los votos de sus integrantes no alcanzaban el nivel de coincidencia lógica y argumental necesario para sostener una decisión judicial. La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Los jueces señalaron que, en un tribunal colegiado, no es suficiente que varios magistrados coincidan en la parte resolutiva. También debe existir un núcleo compartido de fundamentos que permita identificar una decisión del órgano en su conjunto. Según la Corte, una mayoría es aparente cuando los votos se apoyan en razones incompatibles o resuelven cuestiones diferentes sin un análisis común de los puntos centrales.
El expediente se inició por un amparo de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) contra el Gobierno de la Ciudad. La organización denunció una situación de discriminación estructural y una afectación del derecho a una educación pública y equitativa para niños y niñas de los Distritos Escolares 5, 19 y 21, que abarcan sectores de Barracas, Nueva Pompeya, Villa Soldati, Villa Lugano y Villa Riachuelo.
ACIJ cuestionó la falta de escuelas primarias estatales de jornada completa en áreas con población socioeconómicamente vulnerable y pidió la construcción de nuevos establecimientos. En primera instancia, la Justicia ordenó desarrollar en el Distrito Escolar 21 un programa para alcanzar el 30% de jornada completa previsto por la Ley 26.075 y exhortó a implementar medidas para equiparar la oferta de doble jornada en los distritos involucrados. La Cámara confirmó esa condena para el Distrito Escolar 21 y reclamó además un programa de extensión de la jornada completa en los Distritos Escolares 5 y 19.
El TSJ porteño admitió la queja de ACIJ, pero rechazó su recurso de inconstitucionalidad, modificó la condena y se limitó a exhortar al Gobierno de la Ciudad, sin carácter vinculante, a impulsar políticas de jornada ampliada. La mayoría estuvo integrada por Inés Weinberg de Roca, Ana María Conde y José Osvaldo Casás; Luis Lozano y Alicia Ruiz votaron en disidencia. La Corte concluyó que ese pronunciamiento no reunía las condiciones para ser considerado una decisión mayoritaria válida y ordenó dictar una nueva resolución conforme a sus criterios.