El caso Rodríguez se originó en Chaco, donde tres policías fueron absueltos por unanimidad. Un dictamen de la Procuración General de la Nación, fechado el 25 de agosto de 2026, propuso habilitar la revisión solicitada por la querella.
El expediente Rodríguez plantea ante la Corte Suprema el alcance de la prohibición de recurrir las absoluciones dictadas por jurados populares. En la provincia del Chaco, un jurado absolvió por unanimidad a tres policías acusados de torturas seguidas de muerte y de omitir evitar torturas.
La legislación chaqueña impide recurrir las absoluciones del jurado, excepto en casos de soborno. Sin embargo, la Procuración General de la Nación propuso habilitar la revisión solicitada por la querella al considerar que esa prohibición debe ceder cuando se plantean cuestiones federales.
El dictamen sostiene su posición mediante una interpretación de precedentes de la Corte Suprema, entre ellos Di Mascio y Duarte. Según el planteo, esas decisiones permitirían revisar la absolución aun cuando hubieran sido dictadas en contextos diferentes y existiera una prohibición legislativa expresa.
Al mismo tiempo, la resolución restringe el alcance de la línea jurisprudencial integrada por Mattei, Polak, la disidencia de Alvarado, Sandoval y Kang. Esos precedentes establecieron límites a la prolongación y reiteración de la persecución penal, pero el dictamen considera que algunos de ellos corresponden a circunstancias particulares y no impiden reconocer, como regla general, la posibilidad de recurrir las absoluciones.
El caso vuelve a poner en discusión la relación entre los veredictos ciudadanos y la intervención posterior de los jueces profesionales. La cuestión que deberá definir la Corte Suprema es si una absolución unánime de un jurado popular puede quedar sometida a nuevas instancias de revisión cuando la normativa provincial establece que no es recurrible, salvo por soborno.