La Justicia suspendió por tres meses dos artículos de la reforma laboral

El juez federal Martín Cormick dictó una cautelar que mantiene vigentes normas anteriores sobre honorarios y costas en los procesos laborales.

El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, Martín Cormick, suspendió durante tres meses la aplicación de los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, sancionada por el Congreso en febrero pasado.

La medida alcanza disposiciones de la denominada ley de modernización laboral que establecen topes para los honorarios de los abogados laboralistas, permiten pagarlos en hasta 12 cuotas y extienden a esos profesionales la responsabilidad por las costas del proceso.

Según la resolución, la falta de una distinción expresa en la norma genera incertidumbre sobre si los honorarios quedan comprendidos en esa regulación, ya que no integran el capital de condena, pero sí forman parte de las costas y de la sentencia.

El fallo mantiene la vigencia de los artículos 20 y 277 de la Ley 20.744. Además, incorpora como interviniente al Ministerio de Justicia, debido a la conexidad del expediente con la causa 13.564/26, para notificarle la decisión y garantizar su derecho de defensa.

La demanda fue presentada por representantes de 32 colegios de abogados del interior, con la primera firma correspondiente al Colegio de Abogados de Villa María, presidido por Itatí Demarchi. La agrupación “Por más abogacía” fue la única del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires que adhirió al amparo.

La cautelar fue concedida por tres meses y los abogados laboralistas buscarían una prórroga mientras se define el fondo de la cuestión: la eventual inconstitucionalidad de los dos artículos cuestionados. La reforma, impulsada por el Gobierno de Javier Milei, fue reglamentada el 1° de junio mediante el Decreto 407/2026, publicado en el Boletín Oficial.

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