Nocturnidad: cuestionan las diferencias previstas para el ingreso de menores

Un análisis sobre el proyecto de ordenanza que debate el Concejo Deliberante advierte criterios dispares según el tipo de establecimiento y reclama una discusión amplia sobre la noche y los jóvenes.

El Concejo Deliberante analiza un proyecto de ordenanza elaborado por el Ejecutivo municipal para regular habilitaciones comerciales, industriales y de servicios, incluidos los espectáculos públicos. Entre los puntos que generan debate se encuentra la edad de acceso de los jóvenes a los distintos establecimientos nocturnos.

El debate se inscribe en una discusión más amplia sobre las edades mínimas establecidas para conducir, votar y responder penalmente. El material menciona las modificaciones a la Ley Nº 24.449, que fijó edades según el tipo de vehículo; la Ley Nº 26.744, que habilita a votar desde los 16 años a quienes están inscriptos en el padrón electoral; y la Ley Nº 27.801, que establece desde los 14 años la edad de imputabilidad por la comisión de un delito.

Respecto de la nocturnidad, una de las posiciones sostiene que los espacios bailables están orientados al consumo de bebidas alcohólicas y que debería restringirse el ingreso de menores de 18 años. Esa postura también plantea educación específica, controles y clausuras para prevenir consumos precoces, excesivos o combinaciones dañinas, además de evitar la convivencia de menores con adultos que los superan ampliamente en edad.

Otra mirada propone reducir la edad de ingreso a los locales habilitados, al considerar que cuentan con medidas de seguridad, seguros, vigilancia privada y policial y asistencia médica, y que su uso podría desalentar la concurrencia a fiestas clandestinas. Sin embargo, el análisis advierte sobre la falta de protocolos sanitarios en algunos establecimientos y señala que, ante una intoxicación, la práctica habitual puede ser expulsar al joven a la calle sin asistencia. También vincula el crecimiento de las fiestas clandestinas después de la pandemia con distintos factores, entre ellos el ánimo transgresor, la pertenencia grupal, el menor costo y el incumplimiento de las normas.

Una tercera alternativa mantiene la prohibición para menores de 18 años, pero permitiría el ingreso con autorización de padres o tutores, ya sea de manera general o para un evento específico, mediante herramientas o plataformas tecnológicas. El análisis también señala que las llamadas “previas”, el ingreso con documentos fraguados o pertenecientes a amigos o hermanos y la tolerancia de adultos forman parte de la realidad que debería contemplarse en una discusión transparente.

En cuanto al proyecto, para los “boliches” se establece el ingreso exclusivo de mayores de 18 años. En los “resto pubs con pista de baile”, esa limitación rige desde las 00.00 hs, mientras que los “resto pubs sin pista de baile” admiten menores acompañados por mayores hasta las 02.00 hs, aunque no se precisa la edad permitida. Para las “salas de espectáculos musicales” se autoriza la presencia de menores acompañados por sus padres o por una persona mayor autorizada, sin detallar cómo se acredita el vínculo ni cómo se controla el permiso. En los “salones de mega espectáculos” y los “espectáculos eventuales” no se menciona a los menores. Por esas diferencias, el proyecto es cuestionado por ofrecer un abordaje fragmentado y se reclama una discusión municipal, sanitaria, familiar, comercial, cultural y de seguridad sobre la nocturnidad juvenil.

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