La Ley Nacional de Tránsito 24.449 fija prioridades, maniobras obligatorias y multas de entre 100 y 500 Unidades Fijas, según la falta cometida.
La normativa nacional establece reglas específicas para circular por las rotondas. Su incumplimiento puede generar una sanción económica y una reducción de puntos en la Licencia Nacional de Conducir, de acuerdo con el tipo de infracción.
El vehículo que ya se encuentra dentro de la rotonda tiene prioridad frente al que pretende ingresar, excepto cuando una señalización indique lo contrario. Además, la circulación debe realizarse alrededor de la zona central, que queda a la izquierda del conductor.
Antes de entrar, es necesario reducir la velocidad, controlar el flujo vehicular y ceder el paso cuando corresponda. La salida debe anticiparse mediante las luces de giro y deben evitarse las maniobras bruscas. La reglamentación diferencia entre incumplir las reglas especiales de las rotondas y no respetar la prioridad de paso.
No respetar las reglas especiales previstas para estos cruces implica el descuento de 5 puntos y una multa de entre 150 y 500 UF. En cambio, no ceder la prioridad a quien ya circula por la rotonda contempla 4 puntos menos y una sanción de 100 a 300 UF. La misma cantidad de puntos y rango económico se aplica cuando no se respeta la señalización o se realizan giros prohibidos en giros, rotondas o retornos en U.
El sistema de scoring es acumulativo: cada infracción resta puntos del saldo disponible y las consecuencias aumentan a medida que se suman faltas. El descuento no supone automáticamente la suspensión de la licencia. La Unidad Fija no tiene un valor permanente en pesos, ya que su importe depende de la jurisdicción y del precio de referencia establecido para el combustible.