La Disposición 10/2026 de ARCA establece dos tramos para la devolución del IVA y define la comisión de las empresas que gestionan el beneficio.
Los turistas extranjeros que compren bienes producidos en la Argentina pueden solicitar la devolución de parte del IVA al salir del país, siempre que cumplan las condiciones del régimen. El beneficio alcanza a adquisiciones realizadas en comercios adheridos al sistema Tax Free por un monto superior a $70.
La nueva escala, fijada por la Disposición 10/2026 de ARCA, contempla dos categorías según el valor total de la operación, con el IVA incluido. Para compras de entre $70 y $570.000, el visitante recibe el 13% del valor final abonado. Ese porcentaje equivale al 74,90% del IVA calculado con una alícuota del 21%, mientras que el 25,10% restante corresponde a la comisión de la empresa prestadora.
En operaciones desde $570.001, sin tope máximo, el reintegro asciende al 14% del valor de compra. En este caso, el monto representa el 80,67% del IVA del 21% y la compañía intermediaria percibe el 19,33%. Los porcentajes del 13% y del 14% se calculan sobre el precio total, no directamente sobre el impuesto.
La disposición fue sancionada el 1 de octubre y publicada cuatro días después en el Boletín Oficial. Su objetivo es aprobar una nueva tabla de comisiones para las empresas adjudicatarias que intervienen en las devoluciones del IVA a turistas extranjeros. La comisión se determina en relación inversa con el monto facturado: al aumentar el valor de la compra, baja la proporción destinada al intermediario.
Para gestionar el reintegro, el turista debe acreditar su condición mediante el pasaporte, documento de identidad o comprobante correspondiente. El comercio tiene que emitir una factura o tique factura clase B y generar el cheque de devolución. Los productos importados no están alcanzados y deben facturarse por separado cuando integran una operación junto con mercadería nacional.
Al dejar la Argentina, el visitante debe validar el reintegro en las terminales de autogestión. Si el sistema asigna el canal rojo, deberá presentarse ante la Aduana con la documentación y los productos sujetos al régimen. El cheque tiene una vigencia de seis meses desde su emisión, y la devolución puede rechazarse si no se acredita la residencia en el exterior, hay diferencias entre los datos y la documentación o no se presenta la mercadería cuando corresponde controlarla.