La Justicia mantiene la cautelar contra Rockhopper y Navitas por la explotación de hidrocarburos en Malvinas

El Juzgado Federal de Río Grande incorporó a Tierra del Fuego como tercera coadyuvante y dejó al Estado Nacional fuera del litigio, mientras espera nuevos informes.

La jueza federal de Río Grande, Mariel Borutto, mantuvo sin cambios la medida cautelar dictada el 16 de septiembre de 2026 contra Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum, en el marco de la demanda por actividades vinculadas con la explotación de hidrocarburos en las Islas Malvinas.

La resolución permitió la intervención de la Provincia de Tierra del Fuego, que había pedido incorporarse al expediente mediante su Fiscalía de Estado. Borutto le reconoció el carácter de tercero coadyuvante, por lo que podrá respaldar la acción ambiental colectiva, presentar argumentos, aportar elementos y promover pruebas dentro de los límites de la demanda.

La magistrada rechazó, en cambio, que la Provincia actuara como litisconsorte con facultades equivalentes a las partes principales. Consideró que no acreditó una posición material diferenciada y señaló que su propia Fiscalía de Estado manifestó compartir con el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA) el objetivo de prevenir un daño ambiental colectivo. Tierra del Fuego deberá tomar la causa en el estado en que se encuentra, sin retrotraer el procedimiento ni ampliar el objeto del reclamo.

El Estado Nacional tampoco fue incorporado como parte o tercero. Borutto sostuvo que la intervención de organismos nacionales para suministrar información no obliga a convertir al Gobierno nacional en sujeto procesal. En el expediente ya fueron requeridos informes a la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente, la Secretaría de Energía y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. La jueza dejó abierta la posibilidad de revisar la decisión si aparecen nuevos elementos.

La cautelar continuará vigente hasta que se incorporen los informes pendientes y se cumplan las actuaciones previstas para evaluar su alcance. La jueza también rechazó modificar las condiciones de esa revisión, al considerar que no se acreditó una circunstancia urgente y que la Provincia, como tercera coadyuvante, no podía promover por sí sola ese cambio.

Por el momento, las empresas tampoco deberán presentar la documentación sobre seguros y garantías ambientales solicitada por la Fiscalía de Estado en relación con el artículo 22 de la Ley General del Ambiente. La resolución indicó que todavía no se establecieron la necesidad concreta ni el alcance de esa exigencia, aunque dejó abierta la posibilidad de requerir esos documentos más adelante. La causa fue iniciada por el CECIM La Plata y la AAdeAA, que cuestionan la explotación de hidrocarburos por considerar que se desarrolla sin autorización argentina.

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