ANSES: quiénes pueden cobrar hasta $391.200 por la Prestación por Desempleo

El beneficio está destinado a personas que perdieron su empleo por causas ajenas a su voluntad. La solicitud debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación laboral.

La Prestación por Desempleo de ANSES está dirigida principalmente a trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin justa causa, finalizaron un contrato o quedaron desvinculados por el cierre o la quiebra de una empresa. Quienes estuvieron alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo deben acreditar al menos seis meses de aportes durante los tres años anteriores al despido.

También es necesario encontrarse en situación legal de desempleo y no percibir prestaciones incompatibles. Los trabajadores eventuales, de temporada y de otros regímenes tienen requisitos específicos. La renuncia voluntaria no habilita el cobro de esta ayuda, aunque otras formas de desvinculación pueden estar contempladas por la normativa.

El monto se calcula sobre el 75% de la mejor remuneración neta mensual de los últimos seis meses trabajados, con los límites establecidos. Durante octubre de 2026, el mínimo es de $195.600 y el máximo de $391.200 mensuales. En las primeras cuatro cuotas se mantiene el cálculo inicial; entre la quinta y la octava se abona el 85% de ese valor, y desde la novena hasta la duodécima, el 70%, siempre dentro de los topes vigentes. Para noviembre, el máximo sube a $398.800 y el mínimo a $199.400.

El pedido debe presentarse dentro de los 90 días hábiles posteriores al final de la relación laboral. Si se inicia después, se descuenta un día de prestación por cada día hábil de demora. El trámite es gratuito y puede hacerse mediante la Atención Virtual de ANSES, con CUIL y Clave de la Seguridad Social, o de forma presencial con turno.

Para gestionar la prestación se debe adjuntar el DNI y la documentación que pruebe la pérdida del empleo, como el telegrama de despido o el contrato vencido, según corresponda. Además, los datos personales y familiares tienen que estar actualizados para que el organismo pueda verificar la información.

Mientras perciben el beneficio, los titulares pueden conservar la obra social y seguir cobrando las asignaciones familiares que correspondan. El período también se reconoce como antigüedad para la jubilación. La duración general es de dos a doce meses según los aportes, y las personas de 45 años o más pueden acceder a seis meses adicionales con un importe reducido. También pueden solicitar la Tarifa Social de la tarjeta SUBE, programas de orientación laboral y, si cumplen las condiciones, el Pago Único de las cuotas pendientes para iniciar un emprendimiento.

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